Artículo 1.- Dese absoluta prioridad en la cobertura de vacantes en el Municipio de Trelew, a los ex-combatientes en la Batalla de Malvinas, vecinos de nuestra ciudad, en un todo de acuerdo en la función que desempeñen a las categorías y remuneraciones vigentes en la escala Municipal. -
Artículo 2.- Aquellos ex-combatientes que eventualmente sufrieren alguna disminución en sus aptitudes físicas a resultas de la Batalla, serán destinados a los puestos más convenientes a su estado de salud, de acuerdo a la revisación médica que se efectuare en oportunidad de su ingreso.
Artículo 3.- De existir congelamiento de vacantes, lo ordenado en el artículo 1 de la presente, será de automática aplicación al momento del descongelamiento de las mismas.
Artículo 4.- En la medida en que se produzcan las vacantes respectivas, la Municipalidad recabará la información necesaria en el Centro de ex-Combatientes respectivo.
Artículo 5.- La presente norma legal tendrá vigencia a partir de la fecha de su PROMULGACIÓN.