ARTÍCULO 1ro.): RATIFICA en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Trelew, y la Secretaría de Cultura de la Provincia y el Instituto Superior de Formación Docente del Chubut, con la finalidad de acordar la creación de la Orquesta Infantil y Juvenil de Instrumentos Autóctonos Latinoamericanos.
ARTÍCULO 2do.): El Convenio mencionado en el Artículo anterior forma parte de esta Norma Legal, integrándose como Anexo I.
ANEXO I
PRIMERA: Las partes acuerdan la creación de la "Orquesta Infantil y Juvenil de Instrumentos Autóctonos Latinoamericanos" integrada al Programa Social "Andrés Chazarreta" el cual desarrolla la Secretaría de Cultura de Ia Nación.
SEGUNDA: Las partes acuerdan propiciar todas las acciones necesarias para el desarrollo y normal funcionamiento de la orquesta.
TERCERA: Las partes acuerdan fomentar y difundir el proyecto.
CUARTA: La Secretaría se compromete a aportar la suma de Pesos Cincuenta Mil ($50.000), los cuales serán destinados a afrontar los gastos iniciales de la "Orquesta Infantil y Juvenil de Instrumentos Autóctonos Latinoamericanos".
QUINTA: La Secretaría se compromete asimismo a apoyar, difundir y gestionar intercambios, encuentros, conciertos, entre otras actividades relacionadas al crecimiento y desarrollo del proyecto.
SEXTA: El Instituto aportará el espacio físico para el dictado de las clases, desarrollo de las actividades, depósito para los instrumentos y acompañará desarrollo didáctico de las acciones.
SÉPTIMA: El Instituto asimismo suministrará los elementos necesarios para el mantenimiento y adaptación de los espacios para las actividades que se desarrollen.
OCTAVA: La Municipalidad se hará cargo de 12 horas cátedra Profesor de Aerófonos, 10 horas cátedra para un Profesor de Percusión, 10 horas cátedra para un Profesor de Lenguaje, 10 horas cátedra para un Profesor de Guitarras, 10 horas cátedra para un Profesor de Violín y 10 horas cátedra para un Profesor de Charango. Asimismo de un cargo de Director de Orquesta, un cargo de Coordinador Artístico y un cargo de Coordinador de Gestión. La Municipalidad también facilitará la capacitación de éstos docentes y los propiciará los recursos didácticos necesarios para el funcionamiento y crecimiento del proyecto y sus actores.
NOVENA: El plazo del presente Convenio se acuerda en doce (12) meses.-
DECIMA: De conformidad a lo prescripto por el artículo 19.7.1 de la Carta Orgánica Municipal, y por el plazo que el presente excede al mandato del firmante, se dará intervención al Concejo Deliberante de la ciudad ele Trelew a los fines de su autorización.-
UNDECIMA: A todo efecto legal las partes constituyen los siguientes domicilios: la Municipalidad en Rivadavia N° 390 de Trelew, la Secretaria en Dr. Ángel Federicci Nº 216 de Rawson, y el Instituto en Roque González y José Berreta de Trelew.
DUODECIMA: Para toda cuestión legal derivada del cumplimiento del presente convenio, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales ele la Justicia Ordinaria con asiento en la ciudad ele Trelew.
En prueba de conformidad, se firman los ejemplares de ley, de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, a los 17 días del mes ele Octubre ele 2011.