CARTÍCULO 1°: INCORPORESE el 7 de abril, "Día de Lucha contra el Acoso Callejero, al Calendario Municipal de la ciudad de Trelew Acompáñense todas las actividades que tengan por finalidad concientizar y visibilizar el Acoso Callejero como tipo de Violencia contra la Mujer, disidencias y comunidad LGBTQI+.
ARTÍCULO 2°:.- DISPÓNGASE la instalación de cartelería que se incorpora en el ANEXO 1, llevando a cabo la campaña de concientización con el lema "EL ACOSO ES VIOLENCIA" en la vía pública y lugares de esparcimiento de Nuestra Ciudad.
ARTÍCULO 3°:.- COMUNIQUESE a las Coordinaciones Municipales de Mujeres, Género y Diversidades a fin de que se hagan efectivas las acciones de difusión, prevención, promoción, y de Visibilización de lo referido en el Art. Nº 1.
ARTICULO 4º:- La presente ordenanza tendra vigencia a partir de la fecha de su promulgacion.