Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): DECLARESE el mes de JUNIO de cada año como “Mes del Ambiente en la ciudad de Trelew”.
ARTÍCULO 2do.): El Departamento Ejecutivo Municipal promoverá y ejecutará actividades educativas, recreativas, conferencias y muestras relacionadas con la temática, a desarrollarse durante el mes del ambiente, tendientes a sensibilizar y concientizar a todos los habitantes de la ciudad, y generar un mayor interés en el cuidado ambiental.
ARTÍCULO 3ro.): Corresponde a la Coordinación de Ambiente, dependiente de la secretaría de Servicios Públicos y Ambiente, u organismo que en el futuro la reemplace, la aplicación de lo previsto en el Artículo 2º.
ARTICULO 4to.): La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.