Cuerpo
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a acordar con los vecinos de los Pasajes, organizados en consorcios, la concreción de obras de remodelación de ellos.
ARTÍCULO 2°.- La Municipalidad dispondrá maquinarias para nivelación y materiales para la ejecución de contrapisos dejando a los vecinos, los materiales de terminación y mano de obra.
El diseño y asesoramiento técnico durante la ejecución serán brindados por la Municipalidad a través de sus áreas técnicas.