ORDENANZA N° 11653 /2012, CARGOS POLITICOS.

Nro Ordenanzas
11653
Secciones
PERSONAL MUNICIPAL (ESCALAFON)
Cuerpo

ARTICULO 1ro.): MODIFIQUESE el artículo 1° de la ordenanza N° 4054, el que Quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 1°: FIJESE a partir del 1 de abril de 2012, las siguientes remuneraciones básicas para los cargos políticos:

INTENDENTE                                    $ 15.873.-

SECRETARIO                                     $ 13.809.-

COORDINADOR GENERAL               $ 11.904.-

COORDINADOR                               $ 9.999.-

JUEZ DE FALTAS                               $ 11.111.-

SECRETARIO TRIBUNAL DE FALTAS $ 7.777.-

ARTICULO 2do.): INCORPORESE, a partir del 1 de abril de 2012, el adicional por Dedicación Funcional para los Vocales del Tribunal de Cuentas Municipal, equivalente al cincuenta por ciento (50%) del haber básico de la función, dada la incompatibilidad profesional y comercial establecida por el Articulo 115 de la Carta Orgánica Municipal. -

ARTICULO 3ro.): ELIMINESE, a partir del 1 de abril de 2012, la suma fija remunerativa no bonificable establecida en la Ordenanza N° 10279, de Pesos Doscientos ($ 200), para las Autoridades Superiores fuera del escalafón municipal. -

ARTICULO 4to.): AUTORICESE la liquidación del adicional por Responsabilidad Funcional en los haberes de los concejales para compensar las mayores erogaciones derivadas del desempeño de su función, cuyo porcentual sobre el básico se establecerá mediante Resolución del cuerpo. La misma será aplicable a partir del mes de mayo del año 2012.

ARTICULO 5to.): MODIFIQUESE las partidas presupuestarias que sean necesarias a los efectos de la implementación del presente incremento salarial. -

ARTICULO 6to.): La   presente Ordenanza tendrá   vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

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