ORDENANZA N° 8921 /03, CREA “CUERPO MUNICIPAL DE AUXILIARES DE SEGURIDAD SOCIAL”.-

Nro Ordenanzas
8921
Secciones
ASUNTOS SOCIALES – VARIOS
Cuerpo

ARTICULO 1ro.): Créase el “Cuerpo Municipal de Auxiliares de Seguridad Social”, que funcionará dentro del ámbito de la Dirección de Seguridad Municipal.

ARTICULO 2do.): Este  Cuerpo  desempeñará sus  funciones en forma coordinada con la “Policía Comunitaria” de la Provincia del Chubut.

ARTICULO 3ro.): El “Cuerpo  Municipal  de Auxiliares  de Seguridad Social”, estará integrado por empleados municipales que serán asignados a dicha función o hayan optado por ser reasignados en sus funciones, sin sufrir menoscabo en su escalafón.

ARTICULO 4to.): El  personal municipal que integre el “Cuerpo Municipal de Auxiliares de Seguridad Social”, deberá aprobar previamente un curso de capacitación dictado por personal de la Policía de la Provincia del Chubut y profesionales o técnicos capacitados en el tema, y como aliciente recibirán la bonificación con que cuentan los Inspectores de Tránsito.

ARTICULO 5to.): Autorízase  al  Departamento Ejecutivo Municipal a firmar Convenios de Colaboración con la Policía de la Provincia del Chubut, a fin de llevar adelante la implementación de la presente Ordenanza.

ARTICULO 6to.): Desarrollará  iguales  tareas que  la Policía Comunitaria, excepto las que requieran del Estado Policial, vestirán uniforme, conforme se reglamente, pero no portarán armas.

ARTICULO 7mo.): Sus acciones serán preventivas y solidarias.

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