ARTÍCULO 1ro.): ADHERIR a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 25.607, sancionada el 04 de julio de 2002 y a la Ley Provincial N° 4899 sancionada el 22 de agosto de 2002, por la cual se establece la realización de una Campaña de Difusión de los Derechos de las Comunidades Indígenas a través de programas y cursos de capacitación respetando las modalidades de transmisión de información acordes a sus tradiciones y culturas.
ARTÍCULO 2do.): La campaña de difusión se realizará una vez por año y se llevará a cabo a través de radios y canales de televisión estatales y privados, medios gráficos y en los ámbitos educativos.
ARTÍCULO 3ro.): Podrán participar además de las distintas organizaciones Indígenas, las asociaciones vecinales, asociaciones civiles sin fines de lucro.
ARTÍCULO 4to.): El Ejecutivo Municipal, por intermedio de los organismos de su competencia, tiene la responsabilidad de la gestión y la incorporación de los derechos contenidos en las Constituciones tanto Nacional y Provincial, como parte de las acciones de difusión a desarrollar en el Ejido Municipal de Trelew.