ORDENANZA NRO. 2187 /86 .-CIRCUITOS TURISTICOS - SU IMPLEMENTACION.

Nro Ordenanzas
2187
Secciones
TURISMO
Cuerpo

Artículo 1.- AUTORIZASE al departamento ejecutivo a implementar los circuitos turísticos que se detallan en el Anexo I de la presente. 

Artículo 2.- CONFECCIONANSE planos de la ciudad, folletos de carácter histórico - cultural, guías para el viajero, etc. que reflejen los hechos y sitios más destacados de la ciudad y zona de su ejido. 

Artículo 3.- AUTORIZASE al departamento ejecutivo a suscribir con empresas de la zona, para incluir la promoción de productos regionales en los folletos, haciéndose cargo dichas empresas del costo de impresión de los mismos, el convenio que se adjunta como Anexo II.

Artículo 4.- REALICENSE los convenios pertinentes con Instituciones y/o Asociaciones histórico-culturales a fin de una mayor utilización de los recursos humanos y materiales existentes.

Artículo 5.- La presente norma legal tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Archivos
2187.PDF (319.31 KB)