ORDENANZA N° 1311 /82 - PROHIBICIÓN, AGUA EN CAMINOS.

Nro Ordenanzas
1311
Secciones
OBRAS PUBLICAS, TEMAS VARIOS
Cuerpo

Artículo 1.- Todo aquel que por cualquier motivo provoque inundaciones sobre caminos vecinales ubicados dentro del Ejido Municipal, será sancionado con una multa de $100.000.- (CIEN MIL PESOS) por cada día que permanezca intransitable el camino vecinal afectado por la inundación. 

Artículo 2.- Dicho monto se actualizará semestralmente de acuerdo al incremento que se opere en el canon de riego. 

 Artículo 3.- Refrendarán La presente Ordenanza los Señores Secretarios de Hacienda y de Servicios y Obras Públicas. -

 

Archivos
1311.PDF (238.72 KB)