ORDENANZA N° 13358 /21, INCREMENTO DE CUADRO TARIFARIO DE FIRMA IMPEESA S.A. SOBRE EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO DE RESIDUOS SANITARIOS.

Nro Ordenanzas
13358
Secciones
RESIDUOS, TRATAMIENTO DE…
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APROBAR lo actuado por el ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (OMRESP) y por el Departamento Ejecutivo Municipal en el Expediente Administrativo N°3082/21 referido a la revisión de la estructura de costos solicitado por la firma IMPEESA S.A., en su carácter de concesionaria del Servicio de Recolección, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sanitarios de los Tipos Contaminantes No Patológicos, Contaminantes Patológicos y Contaminantes Peligrosos en la Ciudad de Trelew.

ARTÍCULO 2do.): DECLARAR finalizada la etapa de revisión del actual esquema tarifario correspondiente a la Concesión del Servicio de Recolección, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sanitarios de los Tipos Contaminantes No Patológicos, Contaminantes Patológicos y Contaminantes Peligrosos en la Ciudad de Trelew, que tramita por medio del Expediente N° 3082/21.

ARTÍCULO 3ro.): FIJAR el Valor del decímetro cúbico (dm3) objeto del Servicio de Recolección, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sanitarios de los Tipos Contaminantes No Patológicos, Contaminantes Patológicos y Contaminantes Peligrosos en la Ciudad de Trelew en la suma de PESOS TREINTA Y UNO CON 20/100 ($ 31,20) más IVA, valor éste determinado al mes de Julio del año 2021.

ARTÍCULO 4to.): APROBAR la Planilla que como Anexo I se agrega, pasando a formar parte integrante de la presente Ordenanza, que contiene la cotización del abono mínimo por establecimiento generador, considerando la frecuencia y la de cada recipiente.

 

ANEXO I

COTIZACIÓN DEL ABONO MÍNIMO POR ESTABLECIMIENTO GENERADOR

ESTABLECIMIENTOS

FRECUENCIA
MÍNIMA SEMANA

UNIDAD MES

DM3 MÍNIMOS POR METRO

DM3 MES ABONO MÍNIMO

VALOR UNITARIO P/GENERADOR

IVA

TOTAL FINAL

DIAS

Centros Geriátricos y Hospedaje de Ancianos

1

4

30

120

3.744,00

786,24

4.530,24

A CONVENIR

Podólogos

1

4

20

80

2.496,00

524,16

3.020,16

A CONVENIR

Veterinarios

1

4

20

80

2.496,00

524,16

3.020,16

A CONVENIR

Odontólogos

1

4

20

80

2.496,00

524,16

3.020,16

A CONVENIR

Oftalmólogos

1

4

20

80

2.496,00

524,16

3.020,16

A CONVENIR

Tatuajes

1

4

20

80

2.496,00

524,16

3.020,16

A CONVENIR

Serv. Emergencias Médicas

1

4

30

120

3.477,00

786,24

4.530,24

A CONVENIR

Serv. Enfermerías

1

4

20

80

2.496,00

524,16

3.020,16

A CONVENIR

Farmacias

1

4

20

80

2.496,00

524,16

3.020,16

A CONVENIR

Centros Hematológicos y Hemodiálisis

3

12

10

120

3.744,00

786,24

4.530,24

LU – MI – VI

Laboratorios Bioquímicos

5

20

10

200

6.240,00

1.310,40

7.550,40

LU A VI

Clínicas Médicas/ Sanatorios h/ 30 camas

5

20

30

600

18.720,00

3.931,20

22.651,20

LU A VI

Clínicas Médicas/ Sanatorios 31/60 camas

5

20

40

800

24.960,00

5.241.60

30.201,60

LU A VI

Clínicas Médicas/ Sanatorios 61/100 camas

5

20

50

1.000

31.200,00

6.552,00

37.752,00

LU A VI

 

Archivos
13358.PDF (310.69 KB)