ARTÍCULO 1ro.): APRUÉBASE el REGLAMENTO DE CONCURSO DE DIRECTORES DEL ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS que como Anexo I integra la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2do.): De conformidad con lo establecido en la Carta Orgánica de la Ciudad de Trelew, Capitulo XXXVI, Disposiciones y Clausulas Transitorias, déjese sin efecto lo normado por la Ordenanza N° 6.517 en todo lo referente a designación, nombramiento, permanencia y remoción del cargo de los Directores del Organismo Regulador de los Servicios Publicitarios.