Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DETERMINESE el sentido de circulación Oeste-Este de la calle Galina entre Avenida Hipólito Irigoyen y avenida Eva Perón.

ARTÍCULO 2do.): La Secretaria de Obras y Servicios Públicos a través de la Coordinación de Servicios Públicos, ejecutará la señalización y trabajos complementarios correspondientes para la implementación de lo determinado.

ARTÍCULO 3ro.): DEROGASE la Ordenanza Nº 9021/04 y toda otra que se oponga a la presente.

 

Cuerpo

Artículo 1.- Impónese el nombre de Avenida "Doctor JORGE J.   GALINA" a la arteria que divide las chacras 119 y 118S de las chacras 136 y 118 a.

Artículo 2.- Colóquese una placa conmemorativa en oportunidad de procederse a la señalización de dicha arteria.

 

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