Artículo 1.- Establecer que en las zonas comprendidas entre las calles CORRIENTES a ALEM; 9 DE JULIO a SOBERANÍA NACIONAL y de LEWIS JONES a BRASIL el horario de recolección de residuos se efectuará de Lunes a Viernes de 18.00 a 02.00 horas.
Artículo 2.- Establecer en la zona céntrica comprendida entre las calles EDISÓN a ALEM; 9 DE JULIO a JULIO A. ROCA y de LEWIS JONES a DON BOSCO que el horario de recolección de residuos se efectúe los días sábados de 14.00 a 20.00 horas.
Artículo 3.- Los comercios y/o industrias comprendidos en las zonas y horarios indicados en los artículos que anteceden, sólo podrán depositar los residuos para su recolección, media 1/2 hora antes de la fijada para el comienzo de cada horario. La infracción a lo dispuesto, hará pasible a los mismos de las sanciones pecuniarias establecidas por el art. 2 de la Ordenanza Nro. 1749/84 y en casos reiterados con la clausura del local comercial o industrial.