ORDENANZA N° 13728 /24, CREA EL REGISTRO MUNICIPAL DE PLAZAS Y ESPACIOS VERDES Y DISEÑA E IMPLEMENTA EL MAPA VERDE.

Nro Ordenanzas
13728
Secciones
PLAZAS Y PLAZOLETAS, NOMENCLATURA
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro): Créase en el ámbito de la Coordinación de Planificación el Registro Municipal de plazas y Espacios Verdes, que contendrá la información actualizada de los espacios de dominio municipal de uso público.

ARTÍCULO 2do.): El registro tendrá por finalidad la generación de una base de datos que permita el monitore de las condiciones ambientales de la ciudad y de cada barrio, como así también la sistematización de las acciones de modificación e intervención en los espacios verdes.

ARTÍCULO 3ro.): El mencionado Registro debe contar con una base datos que contemple la siguiente información:

  1. Recopilación de normativas vigentes.
  2. Relevamiento catastral.
  3. Relevamiento de campo debiendo consignar:

    a) Nombre o denominación del espacio verde, si lo tuviera.

    b) Ubicación.

    c) Destino y Uso.

    d) Relevamiento de la vegetación y arbolado público que la compone, indicando cantidad y especies existentes, como su estado de conservación.

    e) Equipamiento e infraestructura presente discriminada por tipo, cantidad y estado de conservación. Cuando se trata de juegos o espacios para la práctica deportiva se debe incluir en detalle sus condiciones de accesibilidad.

    f) Nómina de espacios verdes apadrinados.

    g) Cualquier otro tipo de indicador, dato o información que la autoridad de aplicación considere necesaria para lograr un acabado diagnóstico ambiental.

ARTÍCLON 4to.): El registro. En base a la información recabada en cumplimiento de la presente, debe diseñar e implementar un Mapa Verde. La información debe estar georreferenciada en formato digital y encontrarse disponible en las plataformas del Municipio de Trelew, de modo de poder ser consultado y actualizado de forma permanente.

ARTÍCULO 5to.): Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la firma de convenios de cooperación con universidades, organizaciones no gubernamentales u otras instituciones con las cuales resulte oportuno la realización del presente registro.

ARTÍCULO 6to.): El Registro de Espacio Verdes será de acceso público.

 

Archivos
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