ORDENANZA N° 3896 /91.-CERCOS Y VALLADOS EN ESPACIOS COMUNES DEL BARRIO CONSTITUCIÓN .

Nro Ordenanzas
3896
Secciones
INSPECCION GENERAL
Cuerpo

Artículo 1.- AUTORIZASE la ejecución de cercos y vallados en los espacios de uso común del Barrio Constitución de la Ciudad de Trelew; siempre que los mismos reúnan las siguientes características:

1) Delimitación: La delimitación de los espacios a cercar deberá someterse a la consideración y aprobación de la Dirección de Obras Particulares de la S.S. y O.P.

2) Altura: La altura máxima admitida es de 0,60 metros. 

3) Materiales: Los materiales factibles de emplear son: 

a) mamposterìa de ladrillos, con terminación revocada, a la vista conjunta tomada, enrasada o bolseada. 

b) mampostería de bloques de hormigón, con terminación revocada o a la vista con junta tomada. 

c) rejas, sin elementos punzantes. 

d) madera, trabajada en troncos, entramados o enlistonados. 

e) todo otro elemento no contemplado que a criterio de la Secretaría de Servicios y Obras Publicas no ocasione riesgos a la seguridad de la población, cumpla con el objetivo de resguardar los espacios parquizados y reúna condiciones de estética acordes. 

Artículo 2.- En todos los casos, previo a su colocación y/o ejecución deberá contar con la autorización correspondien­te, emitida por la Secretaría de Servicios y Obras Públicas. 

Artículo 3.- La presentación cuya autorización se solicite en un todo de acuerdo a los artículos 1 y 2 de la presente Ordenanza será aprobado salvo oposición expresa del 70% de los vecinos de la escalera correspondiente. 

Artículo 4.- En un plazo máximo de diez (10) días a partir de la aprobación de la presente, se procederá al retiro de todos los elementos que no se adecuen a la presente Ordenanza, a los efectos de la protección de los espacios de uso común. 

Artículo 5.- El incumplimiento de la presente reglamentación implicará la inmediata prosecución del trámite iniciado por Expediente 2586/91, con la aplicación de la Resolución del Tribunal de Faltas. 

Artículo 6.- NOTIFÍQUESE por intermedio de la Dirección de Obras Particulares, a los vecinos. 

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