Cuerpo

ARTÍCULO 1°.- CREASE EL TALLER DE ENSEÑANZA DE CONFECCIONES que dependerá de la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Trelew, cuyos objetivos detalle de actividad a desarrollar y recursos materiales y financieros, se especifican en el Anexo I que integra la presente Ordenanza. 

ARTÍCULO 2°.- El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará los medios que correspondan para el logro efectivo de lo dispuesto en el artículo anterior.