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ORDENANZA N° 1647 /97 OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA,

Cuerpo

Artículo 1.- Las aceras, calles, plazas, parques, paseos, caminos y vías de cualquier naturaleza destinadas al uso público, o a las áreas así declaradas sometidas a jurisdicción de la Municipalidad de Trelew, deberán mantenerse expeditas para la circulación.

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ocupación en la vía pública