Cuerpo
Artículo 1.- Créase la Dirección Municipal de Cultura, la que dependerá de la Dirección General de Bienestar Social y que tendrá a su cargo todo lo relacionado con las actividades artísticas y culturales, teniendo como objetivo fundamental, el de aumentar el acervo cultural del pueblo, propendiendo especialmente a organizar funciones artísticas, musicales, conciertos, conferencias, exposiciones y toda otra expresión genuina de cultura.
Artículo 2.- Dar por finalizada la actuación de la Comisión Municipal de Cultura, agradeciendo a sus miembros por la entusiasta y desinteresada labor prestada en el ejercicio de sus funciones