Cuerpo
ARTICULO 1ro.): ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial I - N° 193 del estado Provincial.
ARTICULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
ARTICULO 1ro.): ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial I - N° 193 del estado Provincial.
ARTICULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.