Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ADHIERESE la Municipalidad de Trelew a la Ley provincial Nro. 3726, en todos sus términos. 

ARTÍCULO 2do.): La implementación de lo establecido por la Ley Nro. 3726, en el ámbito de la Municipalidad de Trelew, deberá efectuarse a través de convenios específicos y conforme a lo establecido en el Artículo 19.7 de la Carta Orgánica Municipal.

ARTICULO 3ro.): La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.