Cuerpo

Articulo 1° - AUTORIZASE al D.E.M a reglamentar en el Ejido Municipal de la Ciudad de Trelew, la Instalación y/o Construcción de Estructuras de Soporte para la Instalación de Antenas y Equipos Complementarios, las que estarán referidas a la prestación de servicios atinentes a las distintas modalidades de uso, contenidas en la ley Nacional de Telecomunicaciones Nº19798/72. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1°) La Municipalidad de Trelew en uso de las facultades que le son propias, de acuerdo con el artículo N°104 de la Constitución Nacional y sus correlativos y concordantes de la Constitución Provincial, asume la jurisdicción que le compete en materia del uso de bienes del dominio público, su subsuelo y el espacio aéreo para la instalación de sistemas de Televisión, de Radiodifusión, de Telecomunicaciones y demás sistemas complementarios por medio de circuitos abiertos y/o cerrados.