ORDENANZA N° 11703 /12, INCORPORA AL CALENDARIO MUNICIPAL EL DÍA DE LA PREVENCIÓN DEL SUICIDIO ADOLESCENTE Y SU ATENCIÓN.

Nro Ordenanzas
11703
Secciones
ASUNTOS SOCIALES – VARIOS
Cuerpo

ARTICULO 1ro.): INCORPÓRESE al calendario municipal de la ciudad de Trelew, el día 10 de septiembre, a fin de establecer definitivamente dicha fecha, como “DIA DE LA PREVENCIÓN DEL SUICIDIO ADOLESCENTE Y SU ATENCIÓN”, por tratarse de un problema mundial, al que no estamos ajenos en nuestra localidad.

ARTICULO 2do.): SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo Municipal, crear y llevar a cabo en la ciudad de Trelew, actividades dirigidas a los adolescentes y jóvenes adultos, desde el área de salud, como así también desde la Coordinación de Actividades Formativas, ambas dependientes de la Municipalidad de Trelew, tendientes a mejorar la comprensión del suicidio en los adolescentes y mostrarles caminos en los que el conocimiento sobre el suicidio pueda ser traducido en programas efectivos de prevención de este flagelo.

ARTICULO 3ro.): SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo Municipal, llevar a cabo desde el área de salud municipal, la atención de los adolescentes en forma inmediata, que así lo requieran, sirviendo de terapeutas de los mismos, como así también de interlocutores y gestores de atención en los Hospitales públicos de la ciudad.

ARTICULO 4to.): SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo Municipal, llevar a cabo desde el área de salud municipal, durante todo el año, la elaboración y publicación de proyectos que lleven adelante el lanzamiento de nuevas iniciativas, políticas y estrategias en prevención del suicidio, jornadas de puertas abiertas, publicar en los medios de comunicación artículos referidos al tema, celebrar acontecimientos de concienciación de la depresión, organizar eventos culturales, deportivos, lanzamiento de folletos y todas aquellas actividades que sirvan de atención a las distintas problemáticas que padecen los adolescentes de la ciudad y toda otra actividad que sea evaluada y considerada necesaria por el cuerpo de profesionales del Organismo, en forma conjunta con las autoridades del Poder Ejecutivo Municipal, a fin de evitar el suicidio.

ARTICULO 5to.): SOLICÍTESE al Departamento ejecutivo Municipal, informe sobre las actividades y programas vigentes que se llevan a cabo en la actualidad, desde el área de salud municipal, sobre la atención de adolescentes y jóvenes.

Archivos
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