ORDENANZA N° 7853 /2000 - JARDINES DE INFANTES Y MATERNALES, COMPLEMENTA ORDENANZA NRO. 7772/2000

Nro Ordenanzas
7853
7772
Secciones
ASUNTOS SOCIALES – INSTITUCIONES
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir con las autoridades del Ministerio de Educación el uso de edificios escolares que cuenten con las instalaciones adecuadas para la instalación de Jardines Maternales vespertinos y/o nocturnos.

ARTÍCULO 2do.): ASIGNAR a los mencionados Jardines Maternales al personal necesario para su normal funcionamiento. 

ARTÍCULO 3ro.): DISPONER que el Departamento Ejecutivo Municipal produzca la reglamentación de la presente Ordenanza con la participación del Concejo Deliberante, teniendo en cuenta la Ordenanza Nro. 7772/00.- 

 

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