Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): ADHIERE a la Ley Provincial N° X-60 que regula la violencia en el ámbito laboral público.
ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
ARTÍCULO 1ro.): ADHIERE a la Ley Provincial N° X-60 que regula la violencia en el ámbito laboral público.
ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.