ORDENANZA 13299 / 21. CREASE FORMALMENTE EL MUSEO MUNICIPAL DE ARTES VISUALES (MMAV).

Nro Ordenanzas
13299
Secciones
CULTURA
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE formalmente el Museo Municipal de Artes Visuales (MMA V), el cual continuará funcionando en el inmueble sito en calle Mitre 351 de ésta ciudad, manteniendo el 28 de Mayo de 1999 como fecha de su fundación histórica.

ARTÍCULO 2do.): La organización y funcionamiento del Museo Municipal de Artes Visuales estará a cargo de la Dirección de Cultura del Municipio, u otro organismo que la reemplace en el futuro.

ARTÍCULO 3ro.): El Museo Municipal de Artes Visuales dependerá del D.E.M. y tendrá como objeto y fines:

a) Proponer a la Dirección de Cultura del Municipio el plan de trabajos artísticos del año.

b) La difusión de la cultura artística.

c) La creación de salas de las que tengan especial representación las creaciones del arte regional.

d) La formación del archivo gráfico municipal, donde se reúnan testimonios gráficos relacionados con la vida artística, histórica, urbanística y deportiva, así como otras manifestaciones vinculadas a la evolución social de la Ciudad de Trelew.

e) Organizar el patrimonio artístico de la ciudad, exhibiéndolo en la sala de museos de Artes Visuales.

f) Enriquecer el patrimonio del museo mediante la incorporación de obras de artes que propongan de adquisiciones que efectúen.

g) Fomentar el intercambio artístico con museos y centros de artes del país y del extranjero.

h) Proponer al Departamento Ejecutivo la rotación de obras del museo con los otros institutos para proponerlas al alcance de sectores cada vez más vastos del pueblo.

i) Organizar conciertos y conferencias en el museo y las exhibiciones cinematográficas, cursos de arte, etcétera.

j) Proponer a la Dirección de Cultura del Municipio el horario de la institución consultando las épocas del año y las comodidades del público concurrente.

k) Realizar publicaciones periódicas sobre las actividades artísticas del museo, catálogo, monografías, libros y folletos de divulgación de las expresiones realizadas sobre otros aspectos vinculados con el arte.

1) Tomar bajo su responsabilidad y su cargo las medidas conducentes para exhibir el patrimonio artístico en la forma científica aconsejada para su más fácil y eficiente conocimiento para el público, salvaguardándolo, por lo demás, de todo lo que pueda dañarlo, o ponerlo en peligro, para la cual no se omitirá los necesarios recaudos y precauciones. 

m) Organizar visitas periódicas y explicadas para los alumnos de las escuelas primarias, estudiantes secundarios y universitarios, gremios obreros, empleados, etcétera.

n) Aceptar donaciones previa autorización del Concejo Deliberante de Trelew cuando la categoría artística de la misma lo aconseje y efectuar canjes cuando convenga al museo.

o) Elevar a la Dirección de Cultura el proyecto de presupuesto del MMAV para ser incluido dentro de la partida correspondiente a dicha dirección municipal.

ARTÍCULO 4to.): Los gastos que demande su funcionamiento, serán imputados a la partida correspondiente a la Dirección de Cultura del Municipio del Presupuesto de gastos vigente, así como también con los fondos recaudados a resultas de la implementación de la ORDENANZA Nº 11926/ 14.

ARTÍCULO 5to.): La Dirección de Cultura tendrá a su cargo la elaboración del proyecto de reglamentación de la presente ordenanza, debiendo elevarlo oportunamente para su aprobación al Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 6to.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

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