Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE formalmente el Museo Municipal de Artes Visuales (MMA V), el cual continuará funcionando en el inmueble sito en calle Mitre 351 de ésta ciudad, manteniendo el 28 de Mayo de 1999 como fecha de su fundación histórica.

ARTÍCULO 2do.): La organización y funcionamiento del Museo Municipal de Artes Visuales estará a cargo de la Dirección de Cultura del Municipio, u otro organismo que la reemplace en el futuro.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Créase un Registro Municipal de Espacios Culturales Alternativos que funcionará en el ámbito de la Coordinación de Acción Cultural y Políticas Públicas, el cual será público y de inscripción gratuita, y la Dirección de Relaciones Institucionales del Municipio gestionará asesoramiento legal y contable para aquellos espacios culturales que no tengan los requisitos básicos para la inscripción.-