ORDENANZA Nº 10614 /08, CREA CENTRO DE DOCUMENTACIÓN MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE TRELEW.-

Nro Ordenanzas
10614
Secciones
GOBIERNO – TEMAS VARIOS
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE el Centro de Documentación Municipal de la ciudad de Trelew.

ARTÍCULO 2do.): PRIORICESE la orientación del referido CDM a la temática municipal y a las disciplinas comprendidas dentro de la órbita del derecho administrativo municipal y temas comunales, de economía y finanzas, obras y servicios públicos, urbanismo, ecología y medio ambiente, tránsito y transporte, edificación, salud, educación, cultura, etc.-

ARTÍCULO 3ro.): INTEGRESE el repositorio del mismo con libros y demás documentación relacionada existente en el Concejo Deliberante, como asimismo con compras y donaciones que en el futuro se recepcionen de particulares y de entes públicos y privados.

ARTÍCULO 4to.): AFECTASE para el funcionamiento del CDM que se crea un equivalente al 1% del presupuesto de este Cuerpo Deliberativo, monto que no contempla las partidas que se consuman en gastos de personal.

ARTÍCULO 5to.): INCLUYASE en el presupuesto del 2009 el gasto que demande la implementación del organismo que se crea, gasto estipulado en el artículo 4º de la presente.

ARTÍCULO 6to.): El CDM funcionará en dependencias del Concejo Deliberante de Trelew, siendo dotado de personal especializado y administrativo indispensable existente o con cargos a crear, como así del mobiliario, útiles de oficina y elementos adecuados para la compilación, clasificación, indicación para la búsqueda rápida, etc.

Artículo 7º: El CDM tendrá las siguientes funciones:

  • Formar con actualización permanente el digesto municipal, ilustrado por el acervo informativo de carácter municipal que sirva de consulta en forma organizada y útil de los textos que lo conforman.
  • Recopilar todo el material de las distintas dependencias municipales que sea informativo o constituya antecedentes de leyes, ordenanzas, decretos reglamentarios, códigos disposiciones diversas  de origen municipal, provincial y nacional, anales y colecciones de jurisprudencia y textos en general relacionados con el Derecho Administrativo Municipal.
  • Conformar el sostén bibliográfico de las tareas de comisiones y concejales.
  • Garantizar el acceso al público en general para la lectura e investigación que de su material desee realizar en horario administrativo en dependencias del Concejo Deliberante  no pudiéndose ser retirado el mismo del ámbito físico de dicho CDM por terceros, salvo por los Señores Concejales y Secretario Legislativo y Administrativo.

ARTÍCULO 8vo.): El CDM entrará en vigencia a partir de la fecha de aprobación del presupuesto del ejercicio 2009.

ARTÍCULO 9no.): DEROGUESE la Ordenanza 9376 y toda norma que se oponga a la presente.

ARTICULO 10mo.): La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.-

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