Cuerpo

Artículo 1.- Toda persona que realice trámite en la Municipalidad, deberá exhibir su documento personal de identidad. 

Artículo 2.- En el caso de extranjeros, el personal Municipal exigirá la presentación de la documentación que en cada caso exige la autoridad nacional de migración. 

Artículo 3.- En el caso de carecer de los documentos exigidos en el artículo 2), se intimará su regularización a breve plazo, tomando nota de los datos personales del causante.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE el Centro de Documentación Municipal de la ciudad de Trelew.

ARTÍCULO 2do.): PRIORICESE la orientación del referido CDM a la temática municipal y a las disciplinas comprendidas dentro de la órbita del derecho administrativo municipal y temas comunales, de economía y finanzas, obras y servicios públicos, urbanismo, ecología y medio ambiente, tránsito y transporte, edificación, salud, educación, cultura, etc.-

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APRUEBESE el Convenio Colectivo de Trabajo para los/las empleados/as de Planta Permanente del Concejo Deliberante de la ciudad de Trelew, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2do.): DEROGUESE la Ordenanza N° 12.209 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3ro.): Las partes se comprometen a solicitar, conjunta, alternativa o separadamente al Ministerio de Trabajo, la homologación del presente convenio.