ARTÍCULO 1ro.): ADHERIR a la Ley Provincial VIII Nº 153 “Boleto Educativo Chubutense (B.E.CH)”, mediante la cual se asegura el subsidio al transporte escolar para estudiantes, docentes y personal auxiliar de la educación de todos los niveles (inicial, primario, secundario, terciario y universitario) que cursen sus estudios o presten funciones en establecimientos educativos de jurisdicción nacional, provincial o reconocidos por el Ministerio de Educación, en el ámbito de la ciudad de Trelew.
ARTÍCULO 2do.): Se agrega como Anexo I la Ley VIII Nº 153 “ESTABLÉCESE EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT EL BOLETO EDUCATIVO CHUBUTENSE (B.E.CH) PARA AQUELLOS ESTUDIANTES, DOCENTE Y PERSONAL AUXILIAR DE LA EDUCACIÓN DE TODOS LOS NIVELES (INICIAL, PRIMARIO, SECUNDARIO, TERCIARIO Y UNIVERSITARIO)”, el cual será parte integrante de la siguiente Ordenanza.
ARTÍCULO 3ro.): La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.