ORDENANZA N° 3591 /90, INFORME SOBRE INGRESOS BRUTOS DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO AL CONCEJO DELIBERANTE.-

Nro Ordenanzas
3591
Secciones
CODIGO TRIBUTARIO
Cuerpo

ARTÍCULO 1°) El Departamento Ejecutivo deberá comunicar al Honorable Concejo Deliberante periódicamente y en plazos que no podrán exceder de los 90 días, el estado de cumplimiento y los montos tributados mensualmente, en concepto de Impuesto a los Ingresos Brutos de por lo menos los 50 contribuyentes más importantes. 

ARTÍCULO 2°) La información requerida en el artículo precedente será proporcionada desagregada por rubros comerciales y que se correspondan con las respectivas habilitaciones comerciales a los efectos que permitan una rápida evaluación comparativa de lo tributado. 

ARTÍCULO 3°) El Departamento Ejecutivo Municipal requerirá de la Autoridad Provincial competente, un informe similar y correspondiente a los contribuyentes inscriptos en el Convenio Multilateral, haciendo llegar la misma a este Honorable Concejo Deliberante. 

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