ARTÍCULO 1ro.): INSTRUMENTESE en la zona céntrica delimitada al norte por la Avda. Rawson, al sur por 28 de Julio y sus continuaciones al oeste por Pecoraro y al este por Urquiza y las principales arterias comerciales de nuestra ciudad, Avda. Fontana en toda su extensión, Avda. Hipólito Irigoyen en toda su extensión, Avda. Colombia entre Edison y Ameghino, Pellegrini entre Colombia y Julio A. Roca y entre Brown y López y Planes, la colocación de papeleras y/o cestos de residuos de uso público en ambas aceras a una distancia no mayor a los 75 (setenta y cinco) metros entre uno y otro elemento.
ARTÍCULO 2do.): El vaciado y recolección de los residuos deberá realizarse periódicamente a través de los servicios de recolección existentes.
ARTÍCULO 3ro.): El Departamento Ejecutivo Municipal velará por la conservación y correcto uso de dichos elementos.