Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CRÉASE el Plan Municipal de Gestión de Residuos No Convencionales, residuos de construcción o escombros, en el ejido de la Ciudad de Trelew.

ARTÍCULO 2do.):Son Objetivos de la presente Ordenanza:

2.1) Obtener relleno para sanear canteras ya existentes dentro del ejido municipal.

2.2) Utilizar los residuos de la construcción como relleno para construcciones civiles.

2.3) Utilizar el material de residuos como agregado fino para la construcción de adoquines.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio de Prórroga y Renegociación del Contrato de Concesión de Servicio Público de Recolección e Incineración de Residuos Patológicos cuyo modelo obra adjunto como Anexo I integrando a la presente.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá en el plazo de NOVENTA (90) días determinar la localización exacta para la instalación del nuevo vertedero de basura municipal cumpliendo con los requisitos que establece el Manual de Servicios Aeroportuarios. 

ARTÍCULO 2do.): Cumplido lo establecido en el artículo 1° de la presente Ordenanza, deberá comunicarlos a este Cuerpo Deliberativo, remitiendo todos los estudios y el proyecto definitivo de localización. 

Cuerpo

CAPÍTULO I

EJECUCIÓN DEL PROYECTO

 

ARTÍCULO 1ro.): El Departamento Ejecutivo Municipal deberá proveer un predio cuya superficie no sea inferior a las 8 ha., pudiendo utilizar tierras fiscales municipales y/o provinciales, siempre y cuando se ubiquen a una distancia adecuada para el asentamiento del proyecto que debe permitir la centralización de todos los residuos que se generen en la ciudad contemplando la visión de demanda futura.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): INSTRUMENTESE en la zona céntrica delimitada al norte por la Avda. Rawson, al sur por 28 de Julio y sus continuaciones al oeste por Pecoraro y al este por Urquiza y las principales arterias comerciales de nuestra ciudad, Avda. Fontana en toda su extensión, Avda. Hipólito Irigoyen en toda su extensión, Avda. Colombia entre Edison y Ameghino, Pellegrini entre Colombia y Julio A.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar la Concesión de los Servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de la Vía Pública, conforme lo actuado mediante Expediente Nro. 0808/98 del Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 2do.): FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las Adecuaciones Presupuestarias y Administrativas, tendientes a implementar la Concesiones que por el Artículo anterior se autoriza.

Cuerpo

ARTÍCULO 1º.- RATIFICASE en todos sus términos el CONVENIO suscripto entre la Municipalidad de Trelew y la Municipalidad de la Ciudad de Rawson de COOPERACIÓN TÉCNICA PARA EL PROCESAMIENTO CONJUNTO DE LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS. 

ARTÍCULO 2º.- La presente norma legal, tendrá vigencia a partir de la fecha de su PROMULGACIÓN.

 

ANEXO

 

ACUERDAN EL SIGUIENTE

CONVENIO DE COOPERACIÓN

 

Cuerpo

Art. 1º) Todos los residuos y desperdicios domiciliarios, como los restos de envoltorios, escombros y en general todo lo que pueda considerarse como basura, deberá ser arrojado únicamente en el basurero municipal, ubicado en el Sector Este del ejido municipal.

Art. 2º) Toda trasgresión a lo dispuesto en el Art. 1º), será sancionada con una multa de $100.000.- (CIEN MIL PESOS), siendo solidariamente responsables del pago la persona o personas que fueran sorprendidas en infracción y el propietario del vehículo que se utilizare para cometer la misma. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a los frentistas del ejido Municipal a colocar frente a sus domicilios plataformas para depositar bolsas de residuos. 

ARTÍCULO 2º.- Las plataformas de que trata el artículo 1º deberán tener como máximo las siguientes medidas:

ANCHO: hasta 30 cm. 

LARGO: hasta 50 cm. 

ARTÍCULO 3º.- El material con que se ejecutarán las plataformas será exclusivamente metálico, siendo el soporte de caño de un diámetro máximo de 37 mm. y una altura única de 1,20.