Cuerpo
Artículo 1º) CREASE la Tarifa Industrial Especial exclusivamente para usuarios con rango de consumo entre 8.000 y 25.000 kw. Mensuales y que tengan la energía eléctrica como insumo básico determinados en el Anexo I de la presente Ordenanza. NOTA
ARTÍCULO 2º) La tarifa creada por el Artículo 1º se agregará al Cuadro Tarifario en aplicación por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de Trelew, será coincidente con la Tarifa Municipal y tendrá aplicación con carácter provisorio y a cuenta de los valores finales que recomiende la Comisión creada a tal fin.
ARTÍCULO 3º)La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
- NOTA
EL ARTÍCULO 1º FUE MODIFICADO MEDIANTE LA ORDENANZA Nº 4035/92.-