Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): ADHERIRSE en todos sus términos a la Leyes: Nacional Nro. 24240 y Provincial Nro. 4219 de Defensa de los Derechos de los Usuarios y Consumidores y expresamente al Capítulo III, de la Norma y al Decreto Reglamentario de esta última Nro. 896/98.