Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): PROHÍBASE a todos los comercios o locales ubicados en la ciudad de Trelew que provean los servicios de carga de crédito o venta de tarjetas del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.) aplicar o imponer el cobro de un cargo extra o suma adicional o exigir la compra de un producto como condición previa para prestar dichos servicios.

Cuerpo

ARTÍCULO 1º.- OTORGASE en concesión gratuita a la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte de Cargas, la explotación y conservación del Parador de Camiones creado por Ordenanza 2243/86.- 

ARTÍCULO 2º.- RATIFICASE en todos sus términos el CONVENIO entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte de Cargas, suscripto en la Ciudad de Trelew, el día 11 de Diciembre de 1986.-