Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DISTINGUIR con la mención de “ACCIÓN HISTÓRICA DESTACADA” a aquellas personas que hayan sobresalido por una acción histórica que contribuyó a la transformación de la realidad de la ciudad de Trelew, a propuesta del Concejo Deliberante, el Departamento Ejecutivo Municipal, de cualquier particular o entidad intermedia.

ARTÍCULO 2do.): La declaración se realizará mediante ordenanza sancionada con el voto de dos tercios de los miembros presentes.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Impleméntese el PROYECTO DE REVALORIZACIÓN HISTÓRICA DEL COLEGIO SANTO DOMINGO DE GUZMÁN de nuestra ciudad, que funcionó desde 1907 (inaugurado oficialmente con todos sus espacios en 1908) hasta 1972 en la calle San Martín. 

ARTÍCULO 2do.): El PROYECTO DE REVALORIZACIÓN HISTÓRICA DEL COLEGIO SANTO DOMINGO DE GUZMÁN deberá contemplar:

1º. Entrevistas a vecinos ávidos conocedores del Colegio con el fin de lograr un archivo de relatos históricos.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE la Comisión Municipal de Recopilación Histórica de la Ciudad, la que funcionará en la estructura institucional que para tal fin disponga el D.E.M.

ARTÍCULO 2do.): La citada comisión estará integrada por siete miembros de reconocida trayectoria y antecedentes en la materia, los que tendrán carácter honorífico y ad-honorem, dictando su propio reglamento de funcionamiento.