Cuerpo

ARTICULO 1ro.): INSTAURAR el día 20 de Octubre como feriado municipal inamovible e intransferible, en conmemoración al Aniversario de Nuestra Ciudad.

ARTICULO 2do.): Entiéndase como día no laborable la suspensión obligatoria de toda actividad en la administración pública municipal, con excepción de aquellos servicios que por su naturaleza deberán estimarse imprescindibles por afectar al interés público.

ARTICULO 3ro.): Invítese a las reparticiones nacionales y provinciales a adherir a la presente.

Cuerpo

ARTÍCULO 1°) CREASE una Comisión Permanente para la organización de los Actos conmemorativos de los Aniversarios Pa­trios, Provinciales y Municipales. 

ARTÍCULO 2°) INTÉGRESE esta Comisión Permanente con un representante de la Dirección de Cultura Municipal, por ciuda­danos que se sientan comprometidos y adhieran voluntariamente a participar de ella y por la Comisión de Acción Social del Concejo Deliberante.