Cuerpo

ARTICULO 1ro.): APRUEBASE el cuadro tarifario correspondiente a los Servicios Sanitarios y de Distribución de Energía Eléctrica, que como Anexo I forma parte de la presente norma jurídica.

ARTICULO 2do.): APRUEBANSE los cargos tarifarios correspondientes a los Servicios Sanitarios, que obran como Anexo II de la presente.

Cuerpo

ARTICULO 1°: CREASE en el ámbito del Municipio de la ciudad de Trelew la Comisión Municipal de Prevención y Control de la Violencia Institucional.

ARTICULO 2º: INTEGRACION:

La Comisión Municipal estará integrada por:

Dos representantes del Concejo Deliberante (uno por la mayoría y uno por la minoría). Dos representantes del Poder Ejecutivo Municipal pertenecientes al área de la Secretaría de Gobierno.
Un representante de las Organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en la temática. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APRUEBESE el Convenio Colectivo de Trabajo para los/las empleados/as de Planta Permanente del Concejo Deliberante de la ciudad de Trelew, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2do.): DEROGUESE la Ordenanza N° 12.209 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3ro.): Las partes se comprometen a solicitar, conjunta, alternativa o separadamente al Ministerio de Trabajo, la homologación del presente convenio.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE la Comisión Municipal de Recopilación Histórica de la Ciudad, la que funcionará en la estructura institucional que para tal fin disponga el D.E.M.

ARTÍCULO 2do.): La citada comisión estará integrada por siete miembros de reconocida trayectoria y antecedentes en la materia, los que tendrán carácter honorífico y ad-honorem, dictando su propio reglamento de funcionamiento.

Cuerpo

ARTÍCULO 1°) CREASE una Comisión Permanente para la organización de los Actos conmemorativos de los Aniversarios Pa­trios, Provinciales y Municipales. 

ARTÍCULO 2°) INTÉGRESE esta Comisión Permanente con un representante de la Dirección de Cultura Municipal, por ciuda­danos que se sientan comprometidos y adhieran voluntariamente a participar de ella y por la Comisión de Acción Social del Concejo Deliberante. 

 

Cuerpo

ARTÍCULO 1°) CREASE en el ámbito de la Municipalidad de Trelew la Comisión de Higiene y Seguridad en el trabajo con el fin de detectar, evaluar, elaborar, proponer, controlar y supervisar las condiciones y medio ambiente de trabajo; como así también promover el adecuado cumplimiento de las normas vigentes en materia de higiene y seguridad en el trabajo para proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores.