Cuerpo

ARTICULO 1ro.): ADHIÉRESE en todos sus términos a Ley Provincial I Nº 207 (antes Ley 4542), mediante la cual se instituye un sistema de Protección Integral a personas con Síndrome Autístico.

ARTICULO 2do): DESE participación a la Dirección de Discapacidad y al Consejo Municipal de Discapacidad, a los efectos de optimizar el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3ro.): DEROGUESE toda Norma que se contraponga con la presente Ordenanza.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ADHERIR en todos sus términos a la Ley Nacional N° 27.517/19 que declara el 18 de febrero de cada año, el “Día Nacional del Síndrome de Asperger”.

ARTÍCULO 2do.): El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará las medidas necesarias para realizar el día 18 de febrero, “Día Nacional del Síndrome de Asperger”, las campañas y actividades para visibilizar el síndrome de Asperger.

ARTÍCULO 3ro.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): INCORPORESE al Calendario Municipal de la Ciudad de Trelew la fecha 18 de febrero de cada año, como "Día Nacional del Síndrome de Asperger". 

ARTÍCULO 2do.): DECLARESE de Interés Municipal la Jornada de capacitación y el Ciclo de Charlas "Potenciando nuestra voz, Charlas por la inclusión - Síndrome de Asperger" basadas en el paradigma de la educación desde neurodiversidad y por la inclusión, a desarrollarse durante el presente año según consta en el ANEXO.