ORDENANZA Nº 11016 /09, INCORPORA ALSERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO, AL REGISTRO PERMANENTE DE BIENES PATRIMONIALES.

Nro Ordenanzas
11016
Secciones
CULTURA
Cuerpo

ARTICULO 1ro.): INCORPORASE la iluminación de las Fachadas y el entorno de uso público de los Edificios y Sitios Naturales que componen el Registro Permanente de Bienes Patrimoniales al Servicio de Alumbrado Público.

ARTICULO 2do.): Las Áreas de Planificación visarán la presentación de los planos de propietarios a los efectos de su implementación.

 ARTICULO 3ro.): Previo a la aprobación de los planos, los propietarios deberán firmar convenio de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 4547/93.

 

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