Cuerpo

ARTIULO 1ro.): Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a modificar el carácter del Pasaje Tucumán entre Avenida 9 de Julio y calle 25 de Mayo, transformándolo en peatonal.

ARTICULO 2do.): Establécese la prohibición de estacionar en el tramo de Pasaje objeto de la presente Ordenanza, a excepción del estacionamiento temporario para maniobras. 

ARTICULO 3ro.): Autorizase el acceso vehicular a los frentistas y el acceso de vehículos de emergencia, así como de carga y descarga.

Cuerpo

ARTÍCULO 1°) DECLARASE peatonal al Pasaje Tucumán, entre calles 25 de Mayo y San Martín.

ARTÍCULO 2°) PROHÍBESE el acceso vehicular al Pasaje Tucumán, entre calles 25 de Mayo y San Martín, a todo vehículo que no pertenezca a los propietarios de los inmuebles con frente o fondo de lotes al pasaje afectado, o residentes en los mismos o que requieran abastecimiento o acceso de servicios a sus predios. 

Cuerpo

Artículo 1.- DECLARANSE PEATONALES los siguientes pasajes del radio céntrico de nuestra Ciudad: CÓRDOBA, CATAMARCA, LA RIOJA Y TUCUMÁN entre las calles 25 DE MAYO y la AVENIDA 9 DE JULIO. 

Artículo 2.- El Departamento Ejecutivo Municipal, procederá a la realización de las obras correspondientes de clausura al tránsito y construcción de canteros de acuerdo a la modalidad que considere conveniente.