ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZAR a la empresa PATAGONIA LON S.R.L. (CUIT 30-71414918-7) para que pueda implementar el sistema constructivo industrializado denominado RAPIPANEL en nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2do.): FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar las zonas donde se podrá implementar el sistema mencionado en el Artículo 1° de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3ro.): Se autorizará su localización en las zonas que reglamente el Departamento Ejecutivo Municipal, debiendo cumplimentarse los siguientes requisitos: