Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): MODIFICAR el sentido de circulación de la calle Piedrabuena, entre las calles Pellegrini y Rivadavia, estableciendo que el mismo será Sur – Norte como única mano, conforme Anexo I de la presente Ordenanza.

 

ARTÍCULO 2do.): AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer la fecha a partir de la cual se comenzará a implementar el sentido de circulación aprobado en el Artículo 1º de la presente norma legal.

 

Cuerpo

 

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a readecuar el sentido de circulación vehicular en las calles y avenidas de nuestra ciudad fijado por Ordenanza Nro. 2639 y la forma de realizar el estacionamiento en dichas arterias.

ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.