Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a readecuar el sentido de circulación vehicular en las calles y avenidas de nuestra ciudad fijado por Ordenanza Nro. 2639 y la forma de realizar el estacionamiento en dichas arterias.
ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.