Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): A partir de la presente Ordenanza, la Cooperativa Eléctrica de Trelew procederá a efectuar el descuento del cincuenta por ciento (50%) en la facturación que por todo concepto realiza, en beneficio de todos los ex combatientes de la guerra de Malvinas que sean titulares de medidor de vivienda unifamiliar en el ejido de nuestra ciudad. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): El usuario de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de Trelew que quiera acceder a la tarifa jubilados J1 o J2, deberá reunir las siguientes condiciones:

a) Ser jubilado o pensionado, ya sea de carácter provincial o nacional.

b) Ser titular de la cuenta de abonado accionista de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de Trelew.

c) Poseer un sueldo que no sea superior al importe de 2 (dos) salarios mínimo, vital y móvil.

d) Ser propietario o inquilino sin propiedades.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Exceptuase del pago del impuesto de Ingresos Brutos a todo contribuyente, propietario y/o inquilino que, de manera voluntaria, construya rampas de acceso para personas con Movilidad Reducida en los locales que alquile o posea.

El plazo de eximición del pago será determinado por la Autoridad de Aplicación en cada caso y será equivalente al doble del valor de ejecución de dicha rampa, conforme a la reglamentación pertinente.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RATIFÍCASE en todos sus términos la  Resolución Nº 0187/2015, dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal Ad-Referéndum de este Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 2do.): La Resolución Nº 0187/2015 forma  parte de esta Norma Legal integrándose como Anexo I.

ARTÍCULO 3ro.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

 

A N E X O    I

 

Resolución N° 0187/2015