Cuerpo

ARTÍCULO 1°) La Municipalidad de Trelew en uso de las facultades que le son propias, de acuerdo con el artículo N°104 de la Constitución Nacional y sus correlativos y concordantes de la Constitución Provincial, asume la jurisdicción que le compete en materia del uso de bienes del dominio público, su subsuelo y el espacio aéreo para la instalación de sistemas de Televisión, de Radiodifusión, de Telecomunicaciones y demás sistemas complementarios por medio de circuitos abiertos y/o cerrados.