Cuerpo
TITULO I
USO DE LA TERMINAL:
Artículo 1.- El uso de la Estación Terminal de Ómnibus será obligatorio para todas las Empresas de Transportes de media y larga distancia, que en sus recorridos ordinarios y/o especiales tengan como destino, salida e intermedia la Ciudad de Trelew y que estuvieran autorizados por las respectivas autoridades.
Artículo 2.- La Administración de la Estación Terminal de Ómnibus, dependerá de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Trelew y a su cargo y responsabilidad: