Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar una contribución voluntaria mínima de Pesos cincuenta centavos ($ 0,50), con destino a la Asociación Cooperadora del Hospital Zonal de Trelew, la que será dejada sin efecto a sola presentación del contribuyente a partir de la próxima liquidación del Impuesto.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): La presente Ordenanza tiene por Objeto introducir modificaciones sobre la denominación, estacionamiento y tránsito o uso del denominado PASAJE NEUQUEN entre las calles A.P. Bell y Pellegrini de la Ciudad de Trelew, a los fines de optimizar la operatividad de la Guardia de Emergencias del Hospital Zonal.

ARTÍCULO 2do.): MODIFÍQUESE la Denominación del Pasaje Neuquén entre las calles A.P. Bell y Pellegrini de la Ciudad de Trelew, el cual pasará a denominarse “PASAJE EMERGENCIAS HOSPITAL ZONAL”.

Cuerpo

ARTICULO 1ro.): DESTINAR el 60% del canon definido por Ordenanza 7878/00 al Hospital Público Adolfo Margara de la ciudad de Trelew.

ARTICULO 2do.): El aporte del canon al Hospital, será por el plazo de un año a partir de la promulgación de la presente ordenanza, pudiendo ser renovable cada 12 meses mientras perdure la concesión indicada en la ordenanza N°7878.