Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar una contribución voluntaria mínima de Pesos cincuenta centavos ($ 0,50), con destino a la Asociación Cooperadora del Hospital Zonal de Trelew, la que será dejada sin efecto a sola presentación del contribuyente a partir de la próxima liquidación del Impuesto.

Cuerpo

Artículo 1) Facultase a la ASOSIACIÓN COOPERADORA “GIMNACIO CIUDAD DE TRELEW”, a percibir por el derecho al uso del Gimnasio para espectáculos artísticos o deportivos la suma equivalente al diez por ciento (10%) de las entradas vendidas para la realización del espectáculo.

Artículo 2) En todo caso e independientemente de la suma resultante de lo dispuesto por el artículo anterior, el solicitante, en oportunidad de reservar el Gimnasio para determinada fecha deberá abonar la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000).

Cuerpo

Artículo 1.- Facultase a la Cooperadora del Gimnasio "Ciudad de Trelew", a utilizar los fondos provenientes de la publicidad que se efectúa en el Gimnasio. 

Artículo 2.- La Cooperadora del Gimnasio Ciudad de Trelew, rendirá anualmente informe contable y detallado relacionado con los fondos recibidos con motivo de lo dispuesto por el Artículo 1, y su afectación. 

Cuerpo

Articulo 1°) RECONOCER a la Asociación Cooperadora Gimnasio "Ciudad de Trelew" y a sus Estatutos aprobados en la Asamblea General realizado el día 18 del corriente y que forman parte Anexa de la presente Ordenanza. 

Articulo 2°) Reconocer oficialmente a la Comisión Directiva de la Asociación Cooperadora Gimnasio "Ciudad de Trelew" elegida de conformidad a los Estatutos.