Cuerpo

Artículo 1ro. - CREAR el “FONDO PERMANENTE DE INFRAESTRUCTURA Y DE PAVIMENTO URBANO”, cuyo objetivo final es el financiamiento de obras de infraestructura y de pavimento en la ciudad de Trelew.

Artículo 2do.- El Fondo Permanente de Infraestructura y Pavimento Urbano, en adelante (F.I.P.U.), creado por el artículo anterior estará constituido por:

Cuerpo

SECCIÓN 1 

Artículo  1.- Las obras públicas municipales de infraestructura  urbana, en especial las de pavimentación, repavimentación, cordones cuneta, cercos y veredas, urbanización, iluminación, desagües pluviales, redes de agua, de gas y cloacas, y de servicios públicos en general, se ejecutarán de conformidad con las disposiciones de la presente Ordenanza, sin perjuicio de la aplicación de las normas legales vigentes en cada materia. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): EXTIÉNDASE hasta por el término de siete (7) años, contados a partir del 14 de marzo de 2016, el Contrató de Concesión del Servicio Público de Autotransporte Urbano de Pasajeros prestado mediante Ómnibus en la Ciudad de Trelew por la Empresa de Transportes “El 22 SRL”, en las condiciones actualmente vigentes y cuyo vencimiento contractual opera el 13 de Marzo del año 2016.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): EXTIÉNDASE hasta por el término de siete (7) años, contados a partir del 14 de marzo de 2016, el Contrato de Concesión del Servicio Público de Autotransporte Urbano de Pasajeros prestado mediante Ómnibus en la Ciudad de Trelew por la Empresa de Transportes “El 22 SRL”, en las condiciones actualmente vigentes y cuyo vencimiento contractual opera el 13 de marzo del año 2016.

Cuerpo

ARTÍCULO 1º.- DISPONGANSE los dos primeros asientos de las Unidades del Autotransporte Urbano de Pasajeros, los que deberán ser puestos a disposición de los discapacitados que asciendan al vehículo en uso del servicio, en forma GRATUITA. 

ARTÍCULO 2º.- Para acogerse al beneficio de la presente ordenanza, los discapacitados deberán presentar el pase correspondiente emitido en un todo de acuerdo a lo normado en el Artículo 19º del Decreto -Ley Nº 2002/82 y su Decreto Reglamentario Nº 1833/85.